El Banco Central de Brasil incluye a las VASP de criptomonedas bajo los mismos requisitos regulatorios que aplican a los corredores de valores.
Según Odaily, el Banco Central de Brasil emitió la Resolución N° 580/2026, clasificando a las empresas que ofrecen servicios de activos virtuales y a sus grupos controladores como instituciones de la Categoría 3, sujetas a los mismos requisitos que los corredores de bolsa, distribuidores de valores y agentes de cambio. A partir del 1 de enero de 2027, dichas instituciones deberán cumplir con normas prudenciales como gestión de riesgos, requisitos de capital y políticas de divulgación de información. Hasta el 30 de junio de 2028, los VASP serán incluidos en la Sección 4 independientemente de su tamaño y no podrán acceder al régimen simplificado de cumplimiento para instituciones de bajo riesgo de la Sección 5. (Bitcoin.com News).
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